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Criterio de APUDEPA en relación con la Memoria Histórica

Criterio de APUDEPA en relación con la  Memoria Histórica

Foto web urbancidades. Criterio de APUDEPA sobre la relación entre el espacio colectivo y el patrimonio cultural con las pervivencias de la Guerra Civil y el posterior régimen antidemocrático. Aprobado por el Consejo de APUDEPA en su reunión de 5 de septiembre de 2008.

La aprobación por el Pleno del Congreso de los Diputados (y la posterior del Senado), en sesión de 31 de octubre de 2007, del Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil, convirtió en Ley el proyecto presentado por el Gobierno de España en relación con lo que se ha venido denominando “memoria histórica”. El proceso parlamentario, precedido de las reclamaciones y el esfuerzo de tantos familiares, ha abierto un amplio debate que incide muy directamente sobre algunos puntos relativos al patrimonio cultural y al espacio público. Esta Asociación, por cuanto tiene como fin la defensa y el estudio de los mismos, en consecuencia con el compromiso de fijar criterios para su salvaguarda CONSIDERA:

De los bienes, símbolos o signos de enaltecimiento de las acciones antidemocráticas

- Que la presencia en el espacio colectivo de bienes, símbolos o signos cuyo objeto sea el enaltecimiento de acciones antidemocráticas, de la Guerra Civil o de la dictadura franquista es indigna del régimen democrático de convivencia establecido por la Constitución Española de 1978 y atenta contra la calidad del espacio colectivo significativo y de la vida ciudadana común.

- Que, en atención a la anterior consideración, dichos bienes muebles, símbolos o signos deben ser removidos, cesando así la función para la que fueron concebidos. Cuando los bienes a que hace referencia la anterior consideración formen parte integrante de bienes inmuebles deben también ser removidos, siempre y cuando no se produzca perjuicio grave a la integridad del bien inmueble.

- Que dichos bienes, símbolos o signos, cuando poseyeran valores históricos, artísticos o culturales, deben ser debidamente conservados y depositados en los centros competentes para el estudio histórico o la exposición artística o didáctica. En todo caso, dichos objetos deben ser dispuestos de tal forma que, respetando en todo momento su integridad, pierdan su función de enaltecimiento de acciones antidemocráticas, de la Guerra Civil o del régimen franquista.

De las fosas comunes susceptibles de ser estudiadas con método arqueológico

- Que las fosas comunes de víctimas de la Guerra Civil y de la represión franquista subsiguiente constituyen enterramientos susceptibles de ser estudiados con método arqueológico. La existencia de dichos enterramientos indignos constituye una anomalía incompatible con la dignidad que el ser humano exige, siendo dicha dignidad del enterramiento una de sus más esenciales y primitivas necesidades. Por ello, el Estado, en tanto que forma política de la comunidad humana, y en coordinación los familiares, debe utilizar todos sus medios para procurar la exhumación de los restos y su reinhumación en las condiciones que dicha dignidad exige.

- Que dado que dichos enterramientos presentan valor desde el punto de vista arqueológico, antropológico, antrópico e histórico, los procesos de exhumación, además de garantizar la necesaria atención a todas aquellas personas familiares de las personas a las que pertenecen los restos, deben realizarse con las máximas garantías científicas y arqueológicas.

- Que la coordinación y supervisión de dichas tareas, y su fomento en colaboración con las entidades ciudadanas constituidas a tal fin, debe ser competencia de un órgano público específico dependiente de las correspondientes administraciones públicas.

- Que los lugares afectados por la existencia de restos humanos de víctimas de la Guerra Civil o del franquismo deben protegerse y conservarse inalterados en tanto no se produzcan las correspondientes labores de exhumación y traslado de los restos.

- Que, posteriormente, las administraciones y la ciudadanía deben valorar la riqueza histórica y simbólica de los lugares antedichos, promoviendo su conservación cuando la valoración así lo aconsejase.

Del patrimonio cultural destruido, trasladado, saqueado y expoliado durante la Guerra Civil

- Que la Guerra Civil produjo una gran cantidad de consecuencias perversas para el patrimonio cultural que deben de ser subsanadas en lo posible. Para ello, deben realizarse los estudios oportunos para conocer la destrucción ocasionada al patrimonio durante los años de contienda.

- Que una de las consecuencias graves para el patrimonio cultural de la Guerra Civil fue el saqueo y el expolio de los bienes culturales de los pueblos y comunidades. Dichos bienes deben volver, en la medida de lo posible, a su lugar de origen.

- Que en atención a la anterior consideración, esta Asociación exige a las autoridades del Estado el retorno a Villanueva de Sijena de los bienes trasladados del Real Monasterio de Santa María, con especial mención de las pinturas de su sala capitular actualmente depositadas de forma irregular en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.

- Que en atención a la antedicha consideración, esta Asociación exige a las autoridades del Estado la devolución a las personas, municipios y autoridades democráticas afectadas que lo soliciten, de los documentos depositados en el Archivo General de la Guerra Civil en Salamanca, sin perjuicio de su necesaria catalogación y fidedigna reproducción.

De las edificaciones y los vestigios y de la documentación de la Guerra Civil

- Que las administraciones públicas, en aras a facilitar el conocimiento y la comprensión de los hechos históricos, deben proceder a la protección, documentación y catalogación de las edificaciones y vestigios directamente relacionados con la Guerra Civil cuando posean valor histórico o cultural, tales como refugios antiaéreos, trincheras, edificaciones defensivas o vestigios en edificios preexistentes. Dicha protección y conservación, en todo caso, será compatible con la prohibición de enaltecimiento de las acciones antidemocráticas, la Guerra Civil y el régimen franquista.

- Que, apoyando la conservación en Salamanca de los documentos originales estatales y de las copias fidedignas del resto de la documentación relacionada con la Guerra Civil, la documentación relativa a la Guerra Civil y al régimen franquista existente actualmente en la Comunidad Autónoma de Aragón debe ser declarada patrimonio documental y cultural aragonés y protegida y custodiada por las respectivas administraciones competentes, sin que quepa, en ningún caso, disgregar su contenido ni trasladarlo. En consecuencia, a efectos del artículo 20.1.a de la Ley, la integración en el Archivo General de la Guerra Civil en Salamanca deberá ser de las copias fidedignas de los documentos originales contenidos en los archivos aragoneses, cualquiera que sea su titularidad, rechazando cualquier traslado de la documentación original.

APUDEPA considera, por último, que el esfuerzo realizado por las Asociaciones de Recuperación de la Memoria Histórica que han conducido a la reparación de injusticias y a la apertura de la investigación en curso en la Audiencia Nacional, merecen su apoyo, su aliento y su admiración.

APUDEPA, 5 de septiembre de 2008

 

5 comentarios

Desde el Blog de APUDEPA -

Como usted ha podido comprobar, en el texto APUDEPA no hace referencias a bando ninguno. Hablamos de víctimas, de personas que no tienen un entierro digno y no nos importa su ideología al detestar su asesinato. Todos sabemos que pasaron cosas terribles en los dos bandos. Sin querer hacer ningún juicio histórico, resulta evidente, por otra parte, que al vencer el bando que atentó contra el orden constitucional, fueron las personas leales a la legalidad quienes sufrieron posteriormente la desdicha de no poder recibir digna sepultura. Ello sin contar aquellas otras que sufrieron la represión que siguió a la desgraciada guerra.

La Verdad -

Suscribo el comentario íntegramente. Tan sólo añadiría, para dejar las cosas totalmente claras, que al impedir exaltaciones de la Guerra Civil, se deben incluir todas las exaltaciones, no sólo las de un bando. Ambos bandos deben ser censurados, las "nacionales" alzados en armnas y los denominados en la contienda "republicanos". No creo que los valores de ningún bando puedan ser exaltados por nadie en su sano juicio.
(Ojo, que digo el bando republicano en la guerra, no la República, que me parece que tiene valores que sí pueden ser exaltados (otros no por supuesto).
El motivo es desterrar la idea de que había un bando bueno y otro malo. Os puede parecer kafkiano, pero os juro que todavía hay gente que piensa así. Increíble, pero cierto.

Por lo demás, suscribo la postura de APUDEPA.

Mestizo -

a Jordi B:

Pues igual que hay que dar las gracias para unas cosas se las tendríamos que quitar para otras, como a todo el mundo. Porque lo que por un lado salvaban de los "salvajes" del pueblo, por el otro...

Por favor, si queremos ser claros lo seríamos para todo. Que ahora va a resultar que el Dios era catalán y creó el mundo en siete días.

Con todos mis respetos, salvajes, en todos los sitios del mundo.

Desde el Blog de APUDEPA -

Por supuesto hay que agradecer a las instituciones y a las personas cultas que han guardado el tesoro de Sijena. Quizás ahora las cosas no se harían así, pero eran tiempos muy complejos.

Jordi B. -

Totalmente de acuerdo en todo excepto en lo de Sijena que deberia decir: "Agradeceriamos a los catalanes nos los devolviesen, y les damos las gracias por salvar este patrimonio de los salvajes del pueblo".
Las cosas, cuando mas claras, mejor.