Apudepa denuncia graves ilegalidades en el Plan Especial de Brial para Averly y en la concesión de la licencia de derribo
Imagen de El Roto. El País
EL PROYECTO PROPONE ALTURAS DE 18 PLANTAS DONDE SOLO SE ADMITEN 7
Si se concede licencia, Apudepa pedirá responsabilidades en todos los órdenes a todas las personas implicadas
Apudepa ha presentado en las últimas semanas tres informes ante el Ayuntamiento de Zaragoza que ponen de manifiesto gravísimas irregularidades urbanísticas tanto en el Plan Especial como en la licencia de derribo de Averly y en el expediente de protección:
- ILEGALIDAD DEL PROYECTO DE PLAN ESPECIAL. El proyecto de Plan Especial presentado por Averly incumple sistemáticamente el Plan General de Ordenación Urbana, al que debe sujetarse. El Plan Especial propone alturas de 18 plantas donde el Plan General admite solamente 7. Incluso si se hace uso de la excepción prevista por el Plan General relativa a la anchura de la calle (lo que no es posible en este caso porque la excepción está prevista para adecuarse al entorno y en este caso el entorno posee alturas inferiores incluso a las 7 fijadas por el Plan) las plantas propuestas sobrepasarían con mucho las permitidas. Además el Plan Especial propone retranqueos y una ordenación de manzana abierta donde el Plan General lo prohíbe expresamente, y pese a que la manzana de Averly está considerada como manzana cerrada. Las irregularidades del Plan son clamorosas y extremadamente graves.
- ILEGALDIAD DE LA LICENCIA DE DERRIBO. Las obras de derribo están conceptuadas como obras de edificación por el Plan General de Ordenación Urbana (artículo 1.3.5 de las Normas Urbanísticas) y el otorgamiento de licencias para obras de edificación en suelo urbano no consolidado (el caso de Averly) está expresamente prohibido por el Plan General y por toda la normativa urbanística. Es uno de los más elementales principios de la gestión urbanística. El artículo 5.1.2 de las Normas Urbanísticas del Plan General dispone que para las áreas de Intervención E (el caso de Averly) “el tipo de ordenación y las condiciones de la edificación se establecerán mediante un plan especial, una vez que se extinga el uso actual”. Dado que no se ha aprobado definitivamente el Plan Especial no están fijadas las condiciones de edificación, por lo que no se pueden conceder licencias de edificación, entre las que se encuentran las de derribo (artículo 1.3.5 ya citado). La concesión de la licencia de derribo condicionaría irreversiblemente el carácter del planeamiento especial de desarrollo, lo que, además, resulta competencia exclusiva del pleno del Ayuntamiento.
- ILEGALIDAD DEL CIERRE DEL EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN CULTURAL. El gerente de Urbanismo Carmelo Bosque todavía no ha resuelto el recurso de alzada presentado por Apudepa contra el cierre decretado por él del expediente para la protección cultural de Averly. La propuesta de Apudepa fue informada favorablemente por los servicios de patrimonio cultural municipales. Tanto la declaración como Monumentos de Interés Local de los edificios de Averly como de Conjunto de Interés en el Catálogo de Edificios de Interés debieron ser informadas por la Comisión Municipal de Patrimonio según la normativa vigente. El gerente cerró el expediente sin el preceptivo informe, lo que es causa de anulación de ese cierre. Está pendiente, por tanto, la resolución del recurso presentado por Apudepa.
A todo ello hay que añadir que está pendiente la decisión del Tribunal Supremo en cuanto a la caución exigida para el mantenimiento de las medidas cautelares y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en cuanto a la protección autonómica que le corresponde a Averly.
Si pese a estas flagrantes irregularidades el ayuntamiento de Zaragoza concede la licencia, Apudepa denunciará los hechos, que son gravísimos, ante todas las instancias oportunas, y pedirá responsabilidades en todos los órdenes a las personas correspondientes.
Apudepa, 27 de mayo de 2014
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