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APUDEPA denuncia la irregular utilización del Decreto-ley para legislar sobre la fundamental materia del urbanismo

APUDEPA denuncia la irregular utilización del Decreto-ley  para legislar sobre la fundamental materia del urbanismo

La sede del Gobierno, Real Casa de Misericordia en lenguadetrapo.blogia.com. La Diputación General, en la sesión quincenal de su Consejo de Gobierno, aprobó el martes un Decreto-ley en materia de urbanismo, con la única justificación de adaptar la legislación urbanística aragonesa a la nueva Ley del Suelo estatal. Pues bien, dicha aprobación reviste una profunda gravedad, por cuanto significa legislar al margen de las Cortes cuestiones que no revisten la urgencia necesaria según lo dispuesto por el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Aragón. Dicho precepto exige que, para la aprobación de un Decreto-ley (figura novedosa en el ordenamiento jurídico aragonés a imagen y semejanza del ordenamiento estatal constitucional) se dé la condición de una “necesidad urgente y extraordinaria”, siendo evidente que, en este caso, no hay más necesidad que la ordinaria de adaptar la legislación aragonesa a la legislación básica del Estado, adaptación que se produce muy repetidamente y que jamás ha justificado la adopción de medidas de este tipo.

El Tribunal Constitucional, en su Sentencia referida al Decreto-ley del Gobierno de España del año 2002, recurrido por el Partido Socialista, anula el Decreto por exceder “los estrictos límites” que la Constitución marca al Gobierno en su ejercicio del poder legislativo, delimitando los campos del Decreto-ley y aclarando que dicha figura no puede desvirtuar la legítima e insustituible labor de las cámaras legislativas.

El Gobierno de Aragón, mediante la utilización de esta figura para la regulación de una materia tan sensible como el urbanismo y sin la concurrencia de una necesidad “urgente y extraordinaria” hurta a la sociedad y a las Cortes el debate necesario, por lo que, ignorando la doctrina del Tribunal Constitucional, adopta una decisión de profundo carácter autoritario y antidemocrático con el único objetivo de favorecer determinados proyectos privados sin el control del Parlamento.

A nadie se le escapa que la adopción de esta medida en estos precisos momentos, y en la forma en que se ha dado, obedece a la única consigna de favorecer la “legalización” de determinados proyectos de la Diputación General y de la iniciativa privada que, hoy por hoy, no cuentan con cobertura legal. Se trata de un hecho muy grave y sin precedentes que burla al Parlamento y muestra la deriva autoritaria de la tercera legislatura de los presidentes Iglesias y Biel.

¿Las Vegas en Monegros?, por Josu Erce Lizarraga

¿Las Vegas en Monegros?, por Josu Erce Lizarraga

Reflexiones apriorístiscas basadas en la poca información hasta ahora conocida sobre este hipermegaproyecto caído del cielo ¿o de un guindo?

- ¿Es que el Gobierno de Aragón practica, en este caso como en otros, aquello que dicen que predicaba Jesus de Nazareth sólo para el ejercicio de la caridad: “que no sepa la mano izquierda lo que hace la derecha”, lo que se traduce en una falta de coordinación interna y por eso el Consejero de Economía, de izquierdas, no sabe lo que hacen sus compañeros de Gobierno de derechas?


- En las extensiones de Monegros hay LICs y ZEPAs, ambos espacios declarados para la Red Natura 2000, y proyectos de transformación en regadios. Parece ser que el megaloproyecto se situaría sobre una zona donde se preveía regadios. ¿Piensan reconvertir a los agricultores, regantes expectantes, en crupiers de casino?


- ¿Cuánto dinero piensa gastar el Gobierno de Aragón para estimular a estos inversionistas extranjeros y que garantías hay de que no hagan como otros muchos empresarios antes que han venido a Aragón a practicar el título de la primera película de Woody Allen, “Toma el dinero y corre”, no sólo con el Plan Miner en Teruel, sino también en Zaragoza como ahora Siemens, dejando después centenares y miles de despedidos?


- Estamos tan acostumbrados a ver las “enormes” colas de jugadores que esperan ansiosos para entrar en el abarrotado Casino de Zaragoza, por lo que entendemos la necesidad imperiosa de crear no uno sino 32 nuevos casinos a las puertas de la capital aragonesa, en Valfarta?. ¿Cuántas peticiones de autorización de nuevos casinos, anteriores a este lote, duermen en los cajones del Jefe de Servicio correspondiente como para garantizar al Gobierno la viabilidad del proyecto?


- ¿Es que un Parque temático es poco para Aragón, que en el proyecto Gran Scala se planea montar cinco, no importando las crisis económicas de otros parques en sitios “menos concurridos” como la costera y alicantina “Terra Mítica” o la parisina “Disney World”?


- ¿Nadie se ha planteado las limitaciones climáticas que tiene un espacio desértico como Los Monegros, mayores que las que han provocado que la EXPO de Zaragoza dure sólo 3 meses en lugar de 6 como en Sevilla, con un clima más extremo que reduciría la temporalidad del funcionamiento del megaresort?

- Se dice que el Gran Scala va a requerir un equipamiento sanitario para 100.000 personas, ¿Cuánta agua va a necesitar, incrementada además con los usos consuntivos del resort (Campo de Golf, canal de rafting y otros para combatir el calor estival) y de dónde piensan sacarla? ¿detrayéndola de los regadios de Monegros, tan reclamados en el pasado por los partidos gobernantes? ¿Esto es un uso sostenible del agua?


- En Estados Unidos, con su renta per cápita y número de habitantes, puede permitirse una ciudad del juego en mitad del desierto de Nevada como Las Vegas, con un gran despilfarro de agua, y por estar cercana a uno de los Estados más habitados como California en la costa oeste, con la única competencia en juego, de Atlantic City en la costa este. En Europa y España hay muchas ciudades con casinos importantes y otros atractivos como el mar y un clima moderado con los que han de competir, empezando por Mónaco. ¿Es que no lo han tenido en cuenta?


- Un centro que combina casinos de juego con parques temáticos parece estar dedicado a ludópatas ricos con familia numerosa, que no deben ser tantos como piensan en el PAR, para poder recaudar con el juego los millones que preveen, cuentas que parece que las haya hecho la lechera del cuento. Por lo tanto, ¿pretenden hacer “caja”, que nunca llenarán, a costa de explotar una debilidad humana y, en consecuencia, dañar familias?


- Nadie desconoce que el juego, los casinos, en Las Vegas está en manos de la mafia, asociando el crimen a su control. ¿Quién nos garantiza que esta Las Vegas 2 de Los Monegros no va acabar en manos de alguna mafia, americana o europea como la rusa, generando crimen asociado, si es que no está ya detrás, de algún modo, de sus promotores?


- Por último, ¿nunca se han planteado nuestros gobernantes que sería más provechoso para los habitantes de los pueblos de Los Monegros la creación allí de un Parque Nacional de la Estepa, bajo competencia autonómica, reclamo que atraiga como tal parque al turismo de Naturaleza y ornitológico, en especial al centroeuropeo, deseoso de contrastar sus paisajes con otros distintos, como los monegrinos, generando el empleo local con el desarrollo de una producción de alimentos artesanos de la zona asociados al Parque y de una hostelería (restaurantes, hoteles y bares) repartida entre las diversas localidades y no una concentrada fuera de ellas beneficiando a extraños, fomentando así un auténtico desarrollo sostenible?


por Josu Erce Lizarraga

Miembro de Ecologistas en Acción

 

Vamos por 250 hectáreas….

Vamos por 250 hectáreas….

Mapa de los Monegros.
El Blog de APUDEPA en un día de tan interesantes noticias, quiere hacer una breve reseña sobre las últimas novedades en el proyecto Gran Scala. Hace poco menos de un mes se nos presentaba una gran inversión en materia de ocio y parques temáticos. Días después conocemos la alta concentración de casinos en los Monegros. Hace dos semanas supimos que el proyecto llevaba aparejadas unas 100 hectáreas residenciales. Y ahora, en declaraciones a Aragón Digital, el portavoz de ILD, Christian Colus, anuncia que “habrá un número limitado de casas y apartamentos, que ocuparán 250 hectáreas de la superficie total”.

 

 

Primero ocio

Luego ocio+casinos

Luego ocio+casinos+100 hectáreas de viviendas

Ahora ocio+casinos+250 hectáreas de viviendas

 

¿Y mañana? ¿Quién da más?

La “otra” Constitución

La “otra” Constitución

España celebra hoy el día de su Constitución, conmemorando su aprobación en referéndum por el pueblo español. La Constitución, suprema Ley en que se fundamenta la vida en comunidad de los ciudadanos, es, sin embargo, ordinariamente olvidada, marginada, contravenida, menoscabada, por el funcionamiento “normal” del régimen político, social y económico. 

Junto a esa Constitución permanentemente citada en los medios de comunicación, junto a la Constitución de las patrias, las naciones, las regiones, las quintaesencias, los reyes, las leonores, los diputados, las recusaciones, los magistrados, los ejércitos y las iglesias; junto a esa Constitución, decimos, sobrevive una Constitución “oculta”, manifiestamente ignorada por muchos ciudadanos y por poderes públicos que, con su actuación ordinaria, corrompen permanentemente su espíritu y su letra. No nos referimos a esa corrupción perseguida por los tribunales, la corrupción de los sacos de dinero, sino a esa corrupción mucho más sutil y extendida y casi plenamente aceptada por la inercia ciudadana como si de algo inevitable se tratara: la de la perversión de los principios democráticos, la del amiguismo, la de la ineptitud política profesional, la del nepotismo, la de los encargos y la del silencio, la de los canapés, la de la marginación, la de la falta de compromiso, autonomía e independencia y la de las fotos en que no sale el que se mueve.

Para celebrar el día de nuestra Constitución, APUDEPA rescata sus “tesoros ocultos”, sus artículos marginados, aquellos que no tienen permanentemente sobre sí los focos mediáticos y los que al poder no conviene desarrollar (especialmente los artículos 44 a 47). ¿Sabían ustedes que la Constitución obliga a impedir la especulación del suelo?

 

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE
VIEREN Y ENTENDIEREN,

SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL
RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:


PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:

Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.

Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.

Establecer una sociedad democrática avanzada, y

Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente

 

CONSTITUCIÓN

Artículo 3

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Artículo 9

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 23

1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

Artículo 27

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

Artículo 31

1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

Artículo 35

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

Artículo 40

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

Artículo 44

1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Artículo 45

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Artículo 46

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Artículo 105

La ley regulará:

a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.

b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.

c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.

Artículo 106

1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifica.

Artículo 128

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

Artículo 130

1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.

Artículo 131

1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

Artículo 132

1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.

2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.

3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

 

POR TANTO,

MANDO A TODOS LOS ESPAÑOLES, PARTICULARES Y AUTORIDADES, QUE GUARDEN Y HAGAN GUARDAR ESTA CONSTITUCIÓN COMO NORMA FUNDAMENTAL DEL ESTADO.

PALACIO DE LAS CORTES, A 27 DE DICIEMBRE DE 1978.

Jose Luís Díez Ripollés y 200 penalistas más, contra la corrupción urbanística.

Jose Luís Díez Ripollés y 200 penalistas más, contra  la corrupción urbanística.

Foto El País de D. Jose Luis Díez Ripollés

Conscientes de que las instalaciones de Gran Scala en Aragón pueden conllevar grandes operaciones inmobiliarias en nuestra comunidad, como está viniendo a ocurrir durante décadas y en los últimos años, Apudepa ha recogido esta interesante entrevista con D. José Luis Ripollés, catedrático de Derecho Penal, publicada ayer en El País, 5/12/2007. Corrupción, participación de la administración, justicia lentas, blanqueo de capitales, control negligente de procuradores y notarios, y más cosas se exponen en esta interesante entrevista. Por cierto, algunos nos preguntamos ¿para cuándo la rehabilitación de la vivienda tradicional en vez de construir tanto de una forma tan insostenible? Y quede bien claro que rehabilitar no es vaciar lo edificios y dejar un mudo paredón descontextualizado. Es mucho más rentable social y económicamente mantener adecuadamente nuestras viviendas antiguas pero es evidente que fuerzas poderosas se oponen a esta perspectiva social.

"EL FRAUDE NO SERIA POSIBLE SIN LA TOLERANCIA DE NOTARIOS Y REGISTRADORES". Entrevista

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga y director del Instituto Andaluz de Criminología, José Luis Díez Ripollés, forma parte de una comisión del Grupo de Estudios de Política Criminal que, en los próximos meses, elaborará propuestas concretas de reformas legales para prevenir la corrupción urbanística.

Este experto considera que el urbanismo ha generado enormes beneficios "que han logrado condicionar decisiones de las Administraciones o motivarlas a participar en las ganancias" sin considerar el interés general en términos "de calidad de vida o defensa del medio ambiente". El catedrático propone que el Estado o las autonomías ejerzan las competencias de disciplina urbanística cuando los ayuntamientos se nieguen a hacerlo, conducta muy extendida que considera "un gran fraude político".

Además de su lentitud, Díez Ripollés se queja de la resistencia de los jueces a acordar medidas cautelares que prevengan daños irreparables, como por ejemplo el tener que demoler una urbanización ilegal ya ocupada por personas que desconocían esas circunstancias cuando compraron sus viviendas. A la pregunta de si el actual Código Penal es suficiente, responde: "Hacen falta penas de prisión más elevadas para los delitos urbanísticos, contra la Administración y de blanqueo de capitales porque en estos momentos muestran defectos técnicos sorprendentes que los desactivan". "Sin contar con un control negligente, cuando no tolerante, de los notarios y registradores, que, si no actúan legalmente deben dejar ser funcionarios de arancel", este grado de corrupción no sería posible, afirma. A los bancos les demanda mayor colaboración en la lucha contra el blanqueo de capitales.

En esa misma página puede consultarse "2oo penalistas exigen demoliciones y penas más duras contra la corrupción"

Propuestas para sanear el urbanismo:

- Demolición obligatoria de construcciones ilegales en caso de delito para "restaurar la situación inicial dañada".

- Disolución "sin vacilar" de ayuntamientos corruptos.

- Controles para evitar la "connivencia, complacencia o negligencia" de notarios y registradores de la propiedad.

- Preferencia en los juzgados para los procesos urbanísticos más trascendentes.

- Castigar como prevaricación el voto o informe favorable a planes manifiestamente ilegales.

- Elevación de las penas para los delitos urbanísticos.

 

APUDEPA pide a Iglesias que traslade a Montilla la indignación de Aragón y pida a Zapatero que inste de inmediato el cumplimiento de la sentencia sobre los bienes

APUDEPA pide a Iglesias que traslade a Montilla la indignación de Aragón y pida a Zapatero que inste de inmediato el cumplimiento de la sentencia sobre los bienes

 

APUDEPA muestra la invitación a la inauguración, hecha por el Consejero de Cultura de la Generalitat de Catalunya presidida por el Muy Honorable señor José Montilla. La invitación dice: El presidente del Consorcio del Museo de Lérida, Honorable señor Joan Manuel Trasserras se complace en invitarle al acto de inauguración del Museo de Lérida diocesano y comarcal que tendrá lugar el viernes 30 de noviembre, a las once y media del mediodía, en la sede del Museo (calle Sant Crist, 1). Lérida, noviembre de 2007. La Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés, APUDEPA, siente tristeza en la inauguración del nuevo Museo de Lérida. Porque el patrimonio aragonés, sobradamente reconocido como propiedad de las parroquias aragonesas por los máximos tribunales de la Santa Sede, pasa a exponerse de forma definitiva en el nuevo Museo de Lérida. Los bienes son propiedad de Aragón y esta Asociación pide su retorno inmediato y el acatamiento de todas las sentencias.

APUDEPA no comprende que la Diputación General de Aragón siga manteniendo relaciones cordiales con el Gobierno catalán, que hoy ha presidido en un acto inamistoso y desafiante la inauguración de un Museo que expone obras que se encuentran afectas por procesos judiciales, tanto las ya declaradas propiedad de Barbastro-Monzón como las que esperan sentencia definitiva del Tribunal Constitucional.

 

Esta Asociación considera que es absolutamente necesario que, de una vez por todas, la Diputación General cumpla el encargo de las Cortes y solicite al presidente Zapatero que se inste desde el Gobierno Central la ejecución de la sentencia, tal y como sugirió en el Senado el ministro Molina. Es sorprendente y desalentador que, hasta ahora, el Gobierno Iglesias haya desatendido esta petición de las Cortes de Aragón y siga permitiendo que el Gobierno catalán se burle del pueblo aragonés y que el Gobierno español lo apoye con su silencio.

 

APUDEPA, 30 de noviembre de 2007

El Juez anula la Orden de la Consejera y declara "ilegal" la actuación sobre la cubierta de la Estación de Canfranc denunciada por APUDEPA

El Juez anula la Orden de la Consejera y declara "ilegal" la actuación sobre la cubierta de la Estación de Canfranc denunciada por APUDEPA

La Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés, APUDEPA, conoció ayer la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Huesca en relación con el procedimiento ordinario 230/06, es decir, con el recurso presentado por APUDEPA contra el proyecto de ejecución de la rehabilitación de la Estación de Canfranc aprobado por Acuerdo de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Huesca en 28 de septiembre de 2005. El recurso de APUDEPA se basaba, principalmente, en la destrucción de la cubierta histórica de la Estación (elemento de máxima importancia en el edificio) que suponía, entre otras cosas, la modificación de su geometría, de la sección y de los alzados, la eliminación de la estructura metálica y su sustitución por una estructura de forjados, la sobreexplotación del edificio, la alteración sustancial de sus proporciones y de su configuración general, la adición de una planta, la apertura de numerosas ventanas en forma de óculo y la sustitución del material de revestimiento histórico (pizarra) por zinc.

Pues bien, el Juez, en sentencia de 28 de noviembre de 2007, ha admitido como probados todos estos puntos y, declarándolos contrarios a derecho (salvedad hecha de la utilización del zinc), los anula. Así, el fallo “estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 230/06 interpuesto por la Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés (APUDEPA) contra la Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura del Gobierno de Aragón, de 28 de noviembre de 2005, que se anula”, de acuerdo “con lo declarado en los fundamentos jurídicos cuarto, quinto y sexto”. Es decir, se anula el proyecto de intervención en todo lo referido a la cubierta excepto en el material ya eliminado por las obras en ejecución.

El presente recurso de APUDEPA tuvo como primera consecuencia práctica la modificación, en julio de 2007 del proyecto del arquitecto Pérez Latorre para su adecuación a las demandas de esta Asociación, variando alguno de los puntos más flagrantemente contrarios a la Ley 3/1999 de Patrimonio Cultural Aragonés y defendidos hasta entonces vehementemente por el arquitecto y las administraciones. Sin embargo, el Juez considera en el fundamento jurídico cuarto que el Acuerdo de la Comisión de Patrimonio de julio de 2007, estando subiudice el proyecto, “no supone que el anteriormente impugnado deje de tener eficacia si concurriera una renuncia a la modificación última del proyecto”, por lo que el Juez considera necesario anularlo expresamente mediante esta sentencia en todo cuanto considera probada su oposición a la Ley 3/1999 de Patrimonio Cultural Aragonés.

El Juez expone que los “simples datos puestos de manifiesto por el propio perito de la codemandada, junto al mismo testimonio del Arquitecto al servicio del Gobierno de Aragón (…), nos llevan a considerar que efectivamente un elemento muy característico del inmueble, como es la cubierta, era objeto de una severa transformación, ya no solo en función de su nueva inclinación, sino también como consecuencia, por ejemplo, de la introducción de numerosos óculos. Pues bien, en opinión de este Juzgado la alteración de la cubierta (…) en los términos que más adelante se dirá, supone una transformación de un elemento consustancial del inmueble que va más allá de la conservación, consolidación o rehabilitación del inmueble”. El Juez es en este punto particularmente rotundo, al afirmar que “con esta actuación, se elimina la cubierta, tal y como se encontraba en el momento de la declaración del edificio como Bien de Interés Cultural, transformándose en otra distinta”.

En consecuencia, el Juez concluye que “el acuerdo impugnado no es conforme a derecho y a las reglas legales precitadas [leyes de 1986 y 1999 de Patrimonio Histórico Español y Patrimonio Cultural Aragonés respectivamente]” (...) en cuanto no eliminaba la planta-bajo cubierta con sus numerosos óculos, así como en la medida que no mantenía la geometría de los faldones de la cubierta actual y no conservaba las cerchas”. “Se trataría de la eliminación de la cubierta para su conversión en otra sustancialmente distinta”, concluye.

En el fundamento jurídico sexto, el Juez considera que puede mantenerse el material previsto en el proyecto en sustitución de la pizarra, el zinc, si bien esta Asociación entiende que los hechos ya consumados por el Gobierno de Aragón (la eliminación de la pizarra que impide comprobar pericialmente su estado de conservación) ha sido absolutamente determinante para la formulación de esta consideración. Lamentamos profundamente que la ya consumada ejecución parcial de parte de las obras en la cubierta haya impedido comprobar legalmente la idoneidad de mantener la pizarra.

APUDEPA recuerda, como hace la sentencia, que la cubierta de la Estación de Canfranc es uno de los elementos más característicos de la misma, determinante de su sección, de sus alzados, sus proporciones y su configuración general, y se felicita, por tanto, de que las características básicas del edificio, en este sentido, vayan a ser mantenidas gracias al recurso presentado por esta Asociación. Si APUDEPA no hubiese presentado el presente recurso, en estos momentos la cubierta hubiese sido destruida y con ella buena parte de la Estación de Canfranc, con la aquiescencia de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural y de la Consejería de Cultura, siendo sustituida por un edificio de nueva planta que, como se considera probado en la sentencia, en nada guarda relación con el original, declarado Bien de Interés Cultural.

APUDEPA, que ha tenido en este proceso como codemandadas al Gobierno de Aragón, a la Administración General del Estado, al Ayuntamiento de Canfranc, a ADIF y a Suelo y Vivienda de Aragón (cada uno representados por sus respectivos abogados) ha acogido la sentencia con entusiasmo y esperanza, por cuanto se viene a confirmar que los ciudadanos, en posesión de la razón y con buena asesoría legal, pueden imponer la defensa de la Ley aún cuando se enfrenten a cinco partes entre las que se encuentran los Gobiernos de Aragón y de España. APUDEPA considera que se crea un precedente que será de enorme utilidad para otros casos presentes y futuros, como los del Teatro Fleta o la Escuela de Artes en Zaragoza.

APUDEPA quiere referirse, una vez más, al magnífico e independiente informe realizado por el catedrático Fernando Ramos y por el profesor Rafael Irigoyen, arquitectos y profesores ambos de Construcción Arquitectónica de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona (Universidad Politécnica de Cataluña), solicitado por esta Asociación. Dicho informe ha permitido demostrar la destrucción total de la cubierta contenida en el proyecto de Pérez Latorre. APUDEPA se ratifica en su convencimiento de que el proyecto global de ejecución para la estación de Canfranc es claramente irrespetuoso con el edificio, como ha quedado probado, si bien no han sido contemplados otros aspectos importantes que no han podido ser suficientemente estudiados pericialmente por las dificultades impuestas por el Gobierno de Aragón, por las “malas artes” con que ha actuado en este asunto y por la consumación de la destrucción previa de buena parte del interior de la Estación.

APUDEPA considera que es momento de replantear en su globalidad la política aragonesa en materia de conservación del patrimonio, el ineficaz (y en ocasiones servil) papel de las comisiones de Patrimonio formadas en su mayoría por profesionales dependientes del Gobierno (esta Asociación excluye obviamente de esta consideración a todos los profesionales que dictaminan de forma independiente). Lo más grave es que queda probado que se está actuando muy mal sobre la Estación de Canfranc. La Asociación lamenta que una actuación sobre un bien tan importante se esté desarrollando de manera tan escandalosa, pese a la existencia de dos sentencias que confirman ya la no idoneidad del arquitecto y del proyecto. Por todo ello consideramos absolutamente necesaria la dimisión de la Consejera doña Eva Almunia, cuya orden se anula, y del Presidente del Consorcio Urbanístico Canfranc 2000, don Carlos Escó, que adjudicó irregularmente el proyecto al arquitecto don José Manuel Pérez Latorre, que amparó un proyecto ahora declarado ilegal en relación con la sustitución de la planta bajo cubierta y que permite la improvisación en la restauración de uno de los bienes más significativos del patrimonio cultural en perjuicio de su integridad.

Por último, esta Asociación quiere hacer constar que, en este proceso, la actuación del Gobierno de Aragón y de sus órganos dependientes ha sido rastrera, por cuanto ha manipulado la información, incluso ante el Juzgado, ha ocultado datos especialmente relevantes, no ha proporcionado en soporte accesible el proyecto de ejecución (que fue facilitado en CD’s ilegibles por el servicio informático de la Universidad Politécnica de Cataluña entre otros) y ha respondido mintiendo al interrogatorio de parte, basando todo ello en una modificación del proyecto que, si bien causado por el presente recurso de APUDEPA, no era el proyecto recurrido y sobre el que se solicitaba información. Estas afirmaciones, que revisten una especial gravedad, pueden ser demostradas por esta Asociación, pues posee los documentos que acreditan el intento de la Diputación General de negar las características básicas del proyecto de ejecución de Pérez Latorre ahora anuladas.

APUDEPA, 29 de noviembre de 2007

Una pista...

Una pista...