EL TRIBUNAL SUPREMO SENTENCIA QUE SE DERRIBE LA RECONSTRUCCIÓN QUE SE HIZO EN EL TEATRO ROMANO DE SAGUNTO
Teatro de Sagunto tras la intervención de Grassi y Portaceli. Foto El País
Acaba de salir una sentencia definitiva, tras los recursos interpuestos, pionera para la conservación del patrimonio cultural en España. Por su interés y relación con el patrimonio cultural aragonés, la ponemos aquí. Observen la foto y entenderán el exceso de una supuesta intervención que debería haber sido restauradora. Un Monumento, Bien de Interés Cultural (BIC), se merecía otro tipo de intervención más acorde con su naturaleza arqueológica e histórico-artística. El TSJCV ha puesto orden ante tanta megalomania de algunos profesionales al considerar ilegales las obras en función de la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 . La noticia es de EL PAIS, 2/01/ 2008
El Teatro Romano de Sagunto debe volver a ser ruina
El Tribunal Supremo desestima el recurso del Ayuntamiento de la población valenciana y confirma el derribo de la restauración
La polémica restauración del Teatro Romano de Sagunto se deberá derribar en el plazo de 18 meses. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) así lo ha dictaminado al desestimar el último recurso interpuesto por el Ayuntamiento de la población valenciana. El litigio ha durado 17 años. Se levantarán las placas de mármol que se superponen a la anterior piedra de las gradas y se demolerá el muro de cierre de la escena hasta una altura de 1,20 metros. Es decir, desaparecerá el escenario reconstruido y el teatro recuperará su aspecto ruinoso anterior a la intervención diseñada por los arquitectos Giorgio Grassi y Manuel Portaceli. El Supremo confirma así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de 2003 y recoge que el Ayuntamiento y la Generalitat estuvieron de acuerdo en que las obras de reversibilidad son posibles, y por lo tanto, el fallo es ejecutable. La Generalitat debe ejecutar la sentencia, que acarreará un coste de millones de euros.El TSJCV consideró ilegales las obras en función de la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985. Estimó que se trataba "de una reconstrucción sobre las ruinas auténticas". El teatro se construyó en el siglo I y sufrió múltiples modificaciones a lo largo de su historia.
Litigio iniciado por un ex diputado autonómico del PP
El abogado y ex diputado autonómico del PP Juan Marco Molines inició el litigio en 1993 contra la intervención decidida por la Generalitat, a la sazón gobernada por Joan Lerma, del PSPV-PSOE. Desde entonces, el teatro romano ha formado parte del debate político y arquitectónico. "Se acabó la posibilidad de recursos", ha declarado un satisfecho Marco Molines. El PP valenciano hizo bandera contra la intervención, si bien con los años la campaña fue perdiendo fuerza conforme la Generalitat, gobernada a partir de 1995 por los populares, dotaba de uso cultural al recinto. El teatro romano se convirtió en una patata caliente que se ha ido eternizando en recursos. El Supremo ha desechado ahora el argumento de que la reversión imposibilitaba "el uso cultural continuado" y ha echado por tierra la opinión extendida de que, guste o no, demoler el teatro ahora es un gasto innecesario.El alcalde de Sagunto, Alfredo Castelló, del PP, señaló que "ahora simple y llanamente habrá que cumplir lo que dice la sentencia". La diputada socialista Ana Noguera ha preguntado al PP por qué considera inejecutable una sentencia que obligaba a derribar las nuevas gradas del estadio de Mestalla y, sin embargo, sí "quieren destrozar" el teatro romano.
5 comentarios
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Blog de Apudepa -
Llanero -
Expertos señalan que la reversión de las obras del Teatro Romano rozará los seis millones de euros
El Tribunal Supremo resolverá el 4 de diciembre cómo ejecutar la sentencia tras 17 años de litigio
Las gradas del Teatro, donde se aprecia la parte intervenida y la original.
El largo rosario judicial y político que comenzó en la década de los noventa con la polémica restauración de parte del Teatro Romano de Sagunto está a punto de terminar, tras 17 años de intenso litigio.
El Tribunal Supremo (TS) resolverá el próximo 4 de diciembre cómo y cuándo ejecutar la sentencia que declaró ilegales las obras de restauración del Monumento Nacional, lo que podría suponer un coste de hasta seis millones de euros.
Al menos, así lo resaltó el abogado y gestor del contencioso que inició aquel proceso en 1990, Marco Molines, quien recalcó ayer a LAS PROVINCIAS que el coste de las obras podría costar un mínimo de dos millones de euros y un máximo de seis millones.
La resolución que tomen los magistrados agotará, por fin, el extenso capítulo judicial, por lo que se podrá acabar con un larguísimo asunto que la Generalitat y el Ayuntamiento han estado demorando, como es la ejecución de la sentencia.
Dar carpetazo a una de las controversias más escamosas que ha protagonizado nunca un Monumento Nacional hasta la fecha cierra casi podíamos decir, la guerra de los cien años, espetó Molines.
El primer paso del letrado tras el fallo del Supremo será ponerse en contacto con el presidente Camps para hacerlo lo mejor y más económicamente posible.
Con o sin seguridad
Este proceso pasa, según establecía la sentencia del TSJCV por retirar las placas de mármol y quitar el muro de cierre. Pero ahí es precisamente donde comienza la otra parte candente del culebrón arqueológico: ¿es posible revertir las obras sin dañar los restos originales? A este respecto, Molines subrayó ayer que en el año 2005 se realizaron pruebas periciales en las que se determinaron que el monumento no iba a sufrir daño alguno.
Salvador Lara, arquitecto al que la Generalitat le encargó realizar dos de los estudios sobre el Teatro Romano (uno en 1994, sobre la afección de las obras; y otro en 2002 relativa a la reversión), explicó ayer a este diario que ejecutar la sentencia es posible pero con condicionantes. Desde el nivel 1,20 sería fácil, pero el problema surge a partir de la cota cero, a ras de suelo, donde se encuentran de 12 a 15 metros de sub estructuras romanas. Hay que conocer en qué estado exacto se encontraban antes.
Lara resaltó que él mismo realizó, justo antes, el levantamiento de planos y ese es el punto máximo de retorno al que se podría llegar. El experto considera imposible, a día de hoy, conocer el tiempo y el dinero que puede costar una actuación de esa envergadura. El primer paso debe ser la búsqueda de una comisión que haga el seguimiento y efectuar ensayos previos para que el sistema elegido no afecte a la obra romana. Diseñar el proceso de constructivo y designar la comisión puede costar años. No se puede cerrar en falso una intervención así. El proceso del Teatro Romano es un referente mundial que ha sido tratado en lugares tan diversos como Egipto o Jordania.
El Consell declinó ayer hacer ninguna declaración hasta el 4 de diciembre, mientras que el Ayuntamiento valoró tener por fin una decisión firme.
Llanero -
RATIFICA LA SENTENCIA DEL TSJ
El Tribunal Supremo decreta la reversión de las obras del teatro romano de Sagunto
Se levantarán las placas de mármol y se derruirá el muro de cierre de la escena
El Alto Tribunal está de acuerdo con las obras, pero no en cómo se han hecho
Actualizado miércoles 02/01/2008 14:37 (CET)
EFE
VALENCIA.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado el plazo de dieciocho meses para que se ejecuten las obras de reversión del Teatro Romano de Sagunto dictadas en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de abril de 2003.
Así lo establece una sentencia de la sección cuarta de dicha Sala del Alto Tribunal hecha pública este miércoles, en la que se desestima el recurso extraordinario de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Sagunto contra un auto del TSJCV que desestimó el recurso de súplica del Consistorio, al que se condena al pago de costas.
Según dictaminó el auto del TSJCV de 2003, las obras consistirán en el levantamiento de las placas de mármol que se superponen a la anterior piedra de la cávea (gradas) del Teatro Romano de Sagunto, y en la demolición del muro de cierre de la escena hasta una altura de 1,20 metros, y la encargada de estas tareas será la Generalitat.
La sentencia del Tribunal Supremo expone que la Generalitat y el Ayuntamiento de Sagunto estuvieron de acuerdo en que las obras a realizar en el Teatro eran posibles, y, por tanto, la sentencia era ejecutable una vez firme, y que en lo que discrepan es en el modo de ejecución, o el hasta dónde la ejecución puede ir.
La sentencia condena a costas a la Corporación recurrente, aunque reduce esa cifra a 3.000 euros, "habida cuenta de la postura adoptada" por la defensa de la Generalitat, "que formalmente se opone al recurso, pero se aparta luego de esa oposición" para pedir que se dicte sentencia conforme a Derecho.
El Ayuntamiento de Sagunto planteó en su recurso extraordinario formalizado en 2003 ante el Supremo hasta cinco motivos de casación, todos los cuales han sido rechazados.
Entre esos motivos, la Corporación planteaba que el grado de reversión acordado "imposibilita el uso cultural continuado" del Teatro, con la consiguiente "repercusión negativa" en el ámbito cultural de la ciudad, y que afectará "gravemente" a la economía del municipio y a la calidad de vida de los saguntinos.
Para el Alto Tribunal, este motivo no es "digno de ser tomado en consideración", porque concluidas las obras el Teatro "podrá seguir prestando el servicio cultural que cumplía", sin que su ejecución pueda "afectar, y menos gravemente" a la calidad de vida de los vecinos y a la actividad económica.
"Que puedan producir determinadas molestias durante la ejecución de las mismas es evidente, pero nada más", afirma la sentencia, y añade que no se aportan pruebas de los "males" que auguran, los cuales "de ser ciertos, que no lo son, serían transitorios" y, "desde luego, no podrían imponerse sobre la ejecución de una sentencia firme".
La Corporación saguntina también planteaba que el TSJCV aplicó en su resolución "indebidamente" la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985, y no la de Patrimonio Cultural Valenciano de 1998, en cuyo caso sí se hubiera permitido la actuación que se hizo en el Teatro y las obras serían en este momento conformes a Derecho.
El Supremo señala que esa es una cuestión "completamente ajena al auto que se ejecuta, así como a la sentencia firme que decidió la cuestión en su día controvertida", y además se mueve "en el terreno de la hipótesis de la posible aplicación de una norma muy posterior en el tiempo a la aplicada por la sentencia".
El Alto Tribunal recuerda además en este punto la existencia de un incidente de ejecución de sentencia, que concluyó con el auto ahora recurrido, y en el que ambas Administraciones -Generalitat y Ayuntamiento- asumieron la posibilidad de ejecución de la sentencia.
Otro de los argumentos del Consistorio es que el auto a su juicio "no garantiza el uso cultural continuado del Teatro", ante lo que el Supremo señala que "esa intervención no tiene por qué frustrar el uso cultural continuado del Teatro como se hacía con anterioridad al proyecto luego ejecutado y posteriormente declarado nulo".
"Y en cuanto al gasto que ello suponga, no es una cuestión que deba contemplar la ejecución de la sentencia, como tampoco lo fue en su momento el que supuso la realización del proyecto", añade la sentencia, que considera que el auto del TSJCV es "cuidadoso y preciso" en cuanto a la intervención que dispone sobre el Teatro.
Llanero -
El Supremo ultima el futuro del teatro romano
EL PAÍS - Valencia - 05/12/2007
El Tribunal Supremo deliberó ayer sobre el recurso de casación promovido por el Ayuntamiento de Sagunto contra la ejecución de la sentencia que considera ilegales las obras de rehabilitación del teatro romano de Sagunto en un litigio que se inició hace más de 15 años. El abogado y ex diputado del PP, Juan Marco Molines, que comenzó y ha mantenido el proceso contra la restauración, comentó ayer que espera recibir el fallo en el plazo de unos días. Añadió que ayer no tuvo ninguna noticia del curso de las deliberaciones que se produjeron en la sala cuarta de la Contencioso del Supremo.
El abogado quitó importancia a una nueva resolución del Supremo porque, a su juicio, tan sólo podría modificar algunos aspectos de la sentencia que obliga a levantar el graderío del teatro romano y a rebajar las construcciones a una cota de 1,20 metros. "A lo mejor, ahora el tribunal dice que la cota se ha de poner a 130 metros", comentó el abogado.
Marco Molines insistió en que las sentencias importantes fueron las que dictaminaron el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que declaraba ilegales las obras de restauración, y el propio Supremo, que luego ratificó la misma.
Sin embargo, otras fuentes jurídicas apuntan la posibilidad de que se estimen algunas alegaciones de recurso del Ayuntamiento de Sagunto, por las consecuencias negativas que podría acarrear a la población una nueva intervención de gran calado en el inacabado teatro, que se utiliza como espacio cultural.